Multa de trafico

Hola:
Hace dosa meses me pareció que entrando en una zona urbana me sacaban una foto, el día era claro, no llovía, no era una zona de mucho trafico,... Pero nadie me paro para notificarme la infracción. El coche está a nombre de mi mujer. Hoy nos ha llegado la multa, solicitando a mi mujer que identifique al conductor. Se indica que no se detuvo al infractor por causas justificadas que expone el denunciante (no dicen cuales). ¿La velocidad era 76km/h limitado a 50km/h la multa 200?
¿Una vez que mi mujer notifique mi nombre, me enviarán a mi otra multa? ¿Cuándo empiezan a contar los días para el pago? ¿Puedo solicitar que me indiquen las causas de no haberme parado? ¿Mi mujer podría alegar que nos dejó el coche a dos personas y que al no pararnos no sabemos quién conducía en ese momento, dado que nos turnábamos? Perdón por la batería de preguntas...

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Paso a responder a tu "batería de preguntas" ;-)
Efectivamente, tu mujer tiene la obligación de, en quince días de plazo, comunicar los datos COMPLETOS de la persona que conducía aquel día su vehículo.
Posteriormente, el conductor, o sea tú mismo, recibirás una notificación de denuncia, y a partir de ese día (no antes) dispones de otros 15 días para abonar la sanción con un 30 % de reducción o si lo deseas presentar un recurso si la consideraras contraria a Derecho.
Efectivamente, en dicho recurso puedes solicitar que te expliciten los motivos por los cuales no te pararon.
Pero has de saber que esto es perfectamente legal cuando existan medios de captación de imagen que permitan identificar al vehículo infractor (fotografía) o bien por motivos de seguridad del tráfico, o por servicio preferente, etc...
En cuanto a alegar que no sabe quién conducía en ese momento, esto puede ser alegado, por supuesto, pero en ningún caso puede suponer la anulación de la sanción. Piensa que el titular (=dueño) de un vehículo ha de saber en todo momento quien conducía su vehículo, salvo que, días antes haya denunciado su robo por ejemplo u otros casos perfectamente justificados.
Gracias por tu respuesta, no te preocupes que la valolaré y la puntuaré, pero quería preguntarte una cosa más: es que ayer volví a pasar por esa vía yme he fijado que el nombre actual de la vía no coincide exactamente con el que aparece en la denuncia que le llegó a mi mujer. El nombre actual de la vía es AC-862, y la denuncia pone C-862 (exactamente pone C 0862), que creo que es el nombre anterior de dicha vía. A la hora de hacer una posible reclamación ¿es un error suficiente como para anular la denuncia? Muchas gracias otra vez.
En cuanto al lugar de la infracción, la normatvia indica que se ha de especificar el lugar del hecho, sin más mención concreta. Yo te puedo contar que han pasado por mis manos denuncias de Agentes que literalmente escribían "C/Tal, frente al restaurante McDonalds"
Con esto quiero decir que el lugar de la infracción ha de venir explicitado en el boletín de denuncia con la mayor exactitud posible, pero no hay nada regulado sobre que tenga que ser el nombre exacto de la vía o el punto kilométrico ajustando los metros y centímetros. Basta con que se sepa donde ocurrió.
Sin embargo, esto no quiere decir que no intentes recurrir en este sentido. Estas en tu derecho si quieres recurrir.

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