Multa de trafico

Hola dionissio! Te expongo mi problema:
Me llego ayer ( día 19 ) una notificación de sanción por infracción de circulación, con fecha de imposición del 10-01-2005 y fecha de denuncia del 12-10-2004.
La denuncia es por circular a 119, con limite a 80 por la ronda litoral de barcelona, ¿con pago de 180?.
Mis preguntas:
- ¿Ha prescrito?
- En la notificación se apunta el numero de antena, equipo, aprobación del modelo.. He leído en varios post que se podía reclamar por estos mismos datos, ¿merece la pena?
- Podría recurrir pidiendo la foto, ¿o por algún otro medio? ¿Qué pasos debo seguir?
Agradecería que me lo explicaras "como a un niño de 6 años", ya que no tengo ni idea de como recurrir, ni que pasos seguir..
Y, bueno, muchas gracias por adelantado, espero respuesta!
Respuesta
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Primero comentarte que no ha prescrito...
Lo primero que te aconsejaría es que la pagaras dentro del plazo del prontopago, antes de recurrir, para beneficiarte del descuento del 30%, pues no afecta para nada al recurso posterior...
A la hora de recurrir, si no existe un motivo real que justifique tu velocidad y que puedas demostrar, puedes intentar varias maniobras (que de antemano ya te digo que no suelen servir para nada...)... aunque ya te digo que lo veo complicado...
Lo primero piede la foto, y si es de muy mala calidad, intenta empezar por ahí, y si es de buena calidad... mala suerte para empezar...
También intenta mirar primero que no exista ningún defecto de forma en la denuncia... me refiero a que no este ningún dato mal o nada parecido...
Lo siguiente que quiero aclararte es que, posiblemente te hayan dicho, que es necesario que paren al conductor y lo identifiquen para que puedan multarle... esto ya no es así, pues se reformo este articulo y ahora, cuando se usan fotos de radar fijos o móviles, se le solicita al propietario del vehículo que identifique al conductor o se le sancionara a el directamente por desobediencia (si alguna vez te pasara que te pillan a una velocidad muy muy excesiva, nunca identifiques al conductor, ¿por qué la multa por no identificar es como mucho de unos 600? Y si te pillan por ejemplo por la ronda a 150 te retiran el carné y te cae un pastón... pero este no es el caso...)...
Si la foto es clara, y se reconoce medianamente tu coche... agarrarte al modelo de radar y ese tipo de datos, no te servirá de nada, pues los radares tienen un margen de error de alrededor de un 3-5 %... y tu sobrepasante el limite en casi un 40%...
Asi que la alegacion tendrias que basarla en la inventiva... inventiva justificada por supuesto... tendras que presentar pruevas pues tu palabra contra la de trafico siempre tiene la razon el agente...
Aún asi no creo que te lo admitan por la via administrativa (por trafico vamos), pues no dejan presentartestigos ni nada parecido, solo escrito y documentacion... y tendrias que meterte en la via contencioso-administrativa (judicial) para lo que necesitarias procurador o abogado... y cuesta bastante pasta (si ganas te cubren las costas)... asi que no creo que te merezca la pena meterte en ese tipo de jaleo...
Siento no poder ayudarte mucho más, pero es que por mucho que prometan las empresas de recursos y lo que oigas por ahí... si existe una prueba gráfica (la foto) de calidad suficiente, solo se suelen admitir un 5% de los recursos y casi siempre porque se tiene una justificación medianamente coherente y lógica...

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