Tengo dos multas. La primera es por exceso de velocidad (121 en un tramo de 100) me mandaron la denuncia para identificar al conductor y yo fui para autoidentificarme y pedir la medición y la foto. Todavía no me han mandado nada.. ¿debo pedir algo en trafico para pagar con descuento o me lo mandan ellos? Después de pagar ¿puedo recurrir? Tengo otra por aparcar en un sitio que no estaba claramente señalizado ¿cómo recurro?
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Respuesta de nikomc
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nikomc, Todo lo relativo a seguridad vial y sus recursos, r
Entiendo que ha solicitado la foto y medición, eso teóricamente se considera de por si un recurso, por lo tanto ya no puede acogerse a la reducción del 30%. Tenía que haber efectuado el pago antes y después hacer el recurso, aunque hay varias sentencias del tribunal supremo... pero para eso tiene que seguir recurriendo hasta llegar al contencioso-administrativo. En cuanto a la denuncia por estacionamiento, lo de "claramente señalizado" suena como a opinión subjetiva y está claro que si había algún tipo de señalización horizontal o vertical..., le cabe observar con detenimiento la denuncia por si algún dato es erróneo (defecto de forma) o si algún plazo de notificación ha sido vulnerado, recuerde que los plazos para comunicación de la sanción son 3 meses, 6 meses y 1 año si es leve, grave o muy grave respectivamente. -Espero que esta respuesta le sea de ayuda, sino es así puede realizarme las que estime oportunas.
En la primera multa pedí la medición pero la multa todavía no me ha llegado (lo pedí a la vez que identifiqué al conductor) ¿Cómo es posible que se me haya pasado el plazo de pagar con reducción si todavía no h he podido pagar de ninguna manera? Le pregunté al funcionario que me atendió y me dijo que no se me pasaba por pedir eso.. vaya, jolines, que no te atienden correctamente.
Según lo que me cuenta usted, le han notificado la denuncia, ya que es usted el conductor del vehículo en el momento de la infracción. Que si ha solicitado algún dato o cuestión como la medición y fotografía, según mi modesta opinión eso es un pliego de alegaciones, y le transcribo lo que dice la ley sobre este recurso: "Escrito de Alegaciones Si renuncia al pago con la reducción del 30 por ciento de la cuantía de la multa fijada al iniciar el expediente, tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación, para alegar cuanto considere conveniente a su defensa y proponer las pruebas que estime oportunas. En los casos en que solicite pruebas cuya realización implique gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos. El escrito se dirigirá al Jefe de Tráfico de la provincia en la que se ha iniciado el procedimiento, pudiendo presentarse en cualquier otra Jefatura, por correo administrativo o en los registros oficiales de la Administración Estatal, Autonómica o de las Entidades Locales que hayan suscrito un convenio al efecto. Si presenta una copia se la devolverán una vez sellada, sirviéndole de prueba de la presentación. Debe recoger necesariamente el número de expediente, su identificación y su firma." Por lo que supongo que ha solicitado una serie de pruebas a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, con lo que se podría entender que ha hecho un "PLIEGO DE ALEGACIONES". Reitero que con los datos que me facilita es la información que puedo ofrecerle. -Espero que esta nueva respuesta le sirva de ayuda, sino es así puede realizarme las que estime oportunas.