INEM España: derecho de opción en la Prestación por Desempleo ¿Pierdo una de las cotizaciones?

Estuve cobrando la prestación por desempleo en 2010. Me contrataron
nuevamente, paralizando mi prestación -en la que aun quedaban 3,5 meses
por cobrar-. Del 2011 al 2012 he trabajado unos 19 meses
ininterrumpidamente, generando un nuevo derecho, por lo que tengo opción
de "reanudar la prestación anterior" o "abrir una prestación nueva"
(Correspondiente a los 19 meses cotizados). SIn embargo, el SEPE indica
que <<Si la persona trabajadora opta por la prestación anterior,
las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha
optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho
posterior.>>. ¿Eso quiere decir que si opto por la Reanudación de
mi prestación anterior pierdo las nuevas cotizaciones?
Es decir,
¿Qué pasa con los 18 meses que he cotizado después? ¿Ya no podré cobrar
el paro cotizado en ellas en el futuro? ¿Es cómo si no los hubiese
trabajado?

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El derecho de opción consiste en que el trabajador tiene que otar obligatoriamente por una de las dos prestaciones que tiene e a las que tiene derecho cuando después de solicitar la interrupción de la prestación por desempleo anterior, inicia otra actividad laboral con la que se generan cotizaciones por 360 días o mas de forma que cuando se produce la extinción del contrato de trabajo a instancias de la empresa el trabajador tiene que elegir entre reabrir la prestación que tuvo que interrumpir para iniciar la siguiente actividad laboral o iniciar una nueva correspondiente a las ultimas cotizaciones generadas con el o los últimos contratos de trabajo, pero al elegir una de las dos prestaciones la que no se elige se pierde para siempre porque no se acumulan para utilizarlas en futuras cotizaciones, porque una vez ejercido el derecho de opción derecho que si no se ejerce por escrito en el plazo de 10 días hábiles, es el SEPE quien de oficio opta por conceder la prestación generada con las ultimas cotizaciones, las cotizaciones que no son elegidas se extinguen para siempre.. Por lo tanto si tienes endientes de consumir 3 meses y medio, y desde que solicitaste la interrupción de la prestación para empezar a trabajar de nuevo acumulaste 19 meses de desempleo, cunado vallas a solicitar el desempleo tienes que elegir entre los meses y medio que te quedan por consumir o reabrir una nueva prestación correspondiente a las cotizaciones generadas durante esos 19 meses ero teniendo en cuenta que las cotizaciones al elegir una de las dos prestaciones la que se queda fuera de la elección se pierde para siempre.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Muchas gracias por responder tan rápido. Optaré por la nueva prestación generada tras los 19 meses trabajados, ya que me da para 6 meses de subsidio y con un salario ligeramente mayor. En cualquier caso comentar que mi duda era porque hace algunos años no se perdían las prestaciones, y ya en alguna ocasión "reanudé una prestación anterior", pero conservando la nueva..... Al leer las normativas de este año me pareció entender que la que no se eligiese se perdía, pero quería cerciorarme porque a veces emplean un lenguaje un poco ambiguo. Muchas gracias por todo.

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