Artrodesis lumbar por accidente y tratamiento

Hace unos 6 años me dieron una incapacidad permanente total por un accidente laboral.

Tramito mi baja, mi operación y mi incapacidad FREMAP,. Nunca se me fue el dolor del todo, pero desde hace unos meses el dolor es inaguantable y no se si es por la artrodesis que me hicieron o porque se me esta produciendo otra hernia. El caso es que no se quien se tiene que hacer cargo de mi problema, si la mutua que me hizo todo lo anterior o la seguridad social por haber pasado ya estos años. Debo decir que no tengo tratamiento por parte de la mutua, solo tomo el medicamento que fremap me receto, pero no me llegaron a decir si tendría que hacerlo siempre o solo una temporada.

Le pregunte al medico de familia, pero el no sabe quien se tiene que hacer cargo de mi situación.

El caso es que cada vez tengo mas dolor y nadie sabe darme una solucion

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Estimado/a consultante,

La respuesta no es fácil porque habría que ver si estos dolores son por una causa nueva o se deben a aquel accidente laboral que sufrió en su día que se ha visto agravado. Si estos dolores han sido debidos a una causa nueva y no ha sufrido usted recientemente accidente laboral, estamos ante la llamada contingencia común, de modo que, a priori, es la seguridad social quien debe responder. Ahora bien, si estos dolores se deben a un agravamiento de aquella lesión que se produjo por accidente laboral, la contingencia no es común sino profesional, de modo que debe responder la mutua. Por tanto, y salvo mejor criterio, entiendo que lo primero es saber la raíz o el origen de estos dolores, si son por alguna causa nueva o se arrastran desde aquel accidente laboral.

Indicarle dos cuestiones más por complementar mi respuesta:

1. Si a usted la IP total que se le reconoció se le "queda corta" a día de hoy porque han surgido nuevos padecimientos que le impiden trabajar, quizás sería recomendable iniciar un procedimiento de revisión ante el INSS donde se solicite el "paso" de la IP total a la IP absoluta.

2. Si le reconocieran esa IP absoluta y se entendiera que la contingencia es profesional por derivar estos nuevos dolores de una agravación de aquel accidente laboral, muy seguramente su convenio le reconoce el derecho a percibir una indemnización que la gran mayoría de los convenios prevén para aquellos trabajadores que, por contingencias profesionales, se quedan en situación de IP.

Quedamos a su entera disposición para que, gratuitamente y sin compromiso, nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente.

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