Denegación de subvención

El año pasado solicité una subvención para la compra de una caldera de calefacción. Hace unos días me vino denegada por haber pagado la caldera a plazos (con financiación) en lugar de pagar al contado. ¿Alguien me podría decir si la forma de pago influye en el hecho de que te puedan denegar la subvención? ¿Hay alguna ley, reglamento o texto legal en el que se indique que para tener derecho a subvenciones la forma de pago tiene que ser obligatoriamente al contado?
Sinceramente, me parece muy raro que la forma de pagar el elemento adquirido sea determinante a la hora de conceder o denegar una subvención, pero eso es lo que me dicen en la Xunta de Galicia.
Gracias por las respuestas. Saludos.

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Desgraciadamente he de decirte que los pagos financiados mediante cualquier instrumento financiero ( leasing, renting, etc.. ) para la compra del bien subvencionado, nunca los admiten.
De la misma manera que nunca subvencionan la compra de bienes de segunda mano, aunque cumplan con el objeto de la subvención.
Este punto esta reflejado en las bases reguladoras de la subvención a la que optaste. Suele ser un error muy común en las personas que se autogestionan las subvenciones, para la próxima puedes accudir a empresas de este tipo que solo cobran si te consiguen la subvención www.accudit.es
No olvides finalizar la pregunta y votar, es importante para mi
www.accudit.es]
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