Despido por jubilacion s.l

Trabajo en una s.l desde hace 6 años, el administrado único se jubila, pero aun no nos ha comunicado el despido, si fuese por jubilación, causas objetivas o alegar motivos económicos, ¿cuál serian nuestros derechos? Sabemos que cuando nos despida quiere alquilar el locar para la misma actividad a otra persona, pero lo alquilaría con el nombre de e una antigua sociedad que no esta activa pero que todavía tiene a su nombre.
Ademas no amenaza con que la sociedad no tiene nada a su nombre y no cobraríamos nada y lo más importante como medida de presión suya llevamos 3 meses sin cobrar.
Respuesta
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Si la empresa cierra por cese de actividad os corresponderán 22 días por año de indemnización por causas objetivas. Es independiente de lo que él haga después.
Si le admiten y ejecutan un ERE, la indemnización se negocia y suele estar entre 45 a 10 días por año. De todas formas el ERE está pensado para que las empresas puedan sobrevivir a situaciones críticas, no para cerrarlas.
Si el local es suyo puede alquilarlo a quien quiera, además es lógico. Si quiere continuar la actividad desde la sombra intentad negociar con él la indemnización y la permanencia, o en todo caso, que podáis seguir trabajando en la otra empresa reconociéndoos la antigüedad y el sueldo.
Para algo existe FOGASA. Vosotros debéis exigir lo que corresponde. Si no tiene dinero se lo tenfrá que demostrar a GOGASA y créeme no es nada fácil. Si efectivamente no puede pagar, FOGASA os pagará, no todo pero si bastante.
Que os quede claro que quien tiene que pagar es la empresa, no él. Todos los bienes que estén a su nombre no son de la empresa.
Gracias por la respuesta, pero me queda una duda, un profesional nos ha comentado que si nuestro centro de trabajo lo reabren ( aunque sea otra persona, con otro nombre de empresa), podríamos demandar a nuestro jefe, porque si continua la actividad aunque sea otra empresa tiene que readmitirnos a todos. ¿Es eso cierto? Gracias de antemano.
Pues depende de como lo haga sí. Tendría que existir un vínculo familiar entre él y los propietarios de la nueva empresa, o constar él como accionista.
De todas formas es algo que habría que denunciar en el Juzgado y, en mi opinión, sería un tema muy difícil de sacar adelante ya que tiene un montón de resquicios legales por donde escaparse. Sobretodo si la otra empresa, tal y como comentas, ya existía previamente y no ha sido creada para realizar la operación.
Ojo con los abogados. Algunos únicamente buscan como sacarle jugo a los asuntos, sin depender de donde venga el dinero. Deberíais consultar a 3 ó 4 abogados para que valoren si el tema tiene salida. Si son conocidos mejor.
La empresa es un totalmente nueva que se va a crear ahora y el nuevo dueño no tiene vinculo alguno con el,. gracias
Pues la verdad es que veo difícil que le podáis demandar para que os readmitan.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que al nuevo empresario le interesará tener personal. Alguien debería negociar con él.
Tampoco entiendo que el empresario actual no venda la empresa mejor que crear una nueva. Debe estar bastante mal. Si es así y os debe salarios podéis denunciar al administrador (él mismo supongo) como acreedores. Entonces si que puede que tenga que pagar personalmente por no reclamar un ERE a tiempo. Puede que por aquí si que podáis pillarle.
Otra cosa, si los slarios atrasados alcanzan los 6 meses, denunciad el contrato pidiendo indemnización de 45dias/año por incumplimiento del mismo.
Suerte.

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