Permiso paternidad

Próximamente, seré padre. Con este motivo y con la nueva ley creo que me corresponden 15 días de permiso. Pero resulta que el parto sera cuando esté disfrutando de mis vacaciones estivales. ¿Perderé el permiso por estar de vacaciones, o por el contrario podré alargar mis vacaciones? Gracias.

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Me temo que si te encuentras de vacaciones perderás esos 15 días salvo que pudieras negociar el tema con la empresa.
Son 15 días naturales con lo que te comes también los festivos.
¿Me han comentado que tengo 15 meses para tomarme el permiso? Que en cualquier momento puedo pedirlo. Que las vacaciones no son impedimento.
Esta nueva regulación viene determinada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y que afecta a este tema de la siguiente manera:
Modifica el ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES en lo relativo a permisos de paternidad otorgando los siguientes:
1: DOS días por nacimiento (Artículo 37.3.b. del Estatuto) que son lo que había antes por lo que no se ha modificado para el caso de la paternidad.
MÁS
2: TRECE DÍAS ADICIONALES (Artículo 48 bis del Estatuto)
Estos 13 días adicionales son la novedad añadida a la paternidad por esta ley y dice que se tomarán así: "el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante trece días ININTERRUMPIDOS"
El plazo para tomarlos es el siguiente: "El trabajador que ejerza este derecho podrá hacerlo durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo"
Eso sí, estos trece días tienen una opción de media jornada, es decir: "La suspensión del contrato a que se refiere este artículo podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50 %, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador"
En resumen: tienes que tomar los 15 días de forma seguida desde el parto, en caso contrario los pierdes. Los festivos incluidos dentro de esos días los tienes ya perdidos y si coincide en época de vacaciones también perderás días puesto que se trata de un PERMISO por un hecho acaecido y para que puedas atender a ese hecho y no de días de vacaciones de regalo.

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