Colaboraciones editorial- seg. Social, hacienda

Voy a comenzar a realizar unas colaboraciones con una editorial como freelance y no sé qué cuestiones debo resolver en la seguridad social y en hacienda. Se trata de colaboraciones esporádicas que no creo que supongan muchos ingresos económicos.
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Si en computo anual dichos ingresos no superan el salario mínimo interprofesional, y por tanto se puede entender como una actividad marginal, inicialmente no sería obligatorio el darse de alta en el régimen especial de la s.social de autónomos. A efectos fiscales si se debe presentar declaración censal de inicio actividad, mod. 036.

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Estimada Elena: Si vas a laborar como eventual no necesitas resolver absolutamente nada ni con Hacienda ni con el Seguro Social, pues tu prestarías tus servicios y te cancelarían como Honorarios Profesionales, ya que no eres empleada de esa empresa, ni estarás en nómina, pues harías como trabajos eventuales a domicilio, por lo cual no necesitas hacer ningún tipo de papeleo, simplemente dices en la Editorial que lo que te cancelen lo hagan mediante un recibo donde aparezca que el concepto del pago es por Honorarios Profesionales. Todavía si estuvieras de alta como autónoma entonces sí debes cotizar al Seguro Social, pagar a Hacienda y por supuesto cobrar I.V.A., pero entonces la mejor figura es la de Honorarios Profesionales en este caso. De todos modos plantéalo a los directivos de la compañía a ver si no tienen ninguna objeción para que se haga de esta forma. Suerte y éxitos. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto.

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