Pues de gastos los habituales de actividad.
En cuanto a la fiscalidad tendrás que darte de alta en el impuesto actividades económicas epígrafe correspondiente mediante la realización de la declaración censal como cualquier empresario o profesional
En cuanto a seguridad social deberás soportar los gastos de seguridad social
Darse de alta de autónomos o sociedad limitada en ambos casos se paga la cuota de autónomos la diferencia esta en la tributación y la responsabilidad personal en el caso de autónomos empresario profesional tributaria por IRPF en el caso sociedad impuesto sociedades
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