¿Cuánto tiempo ha de darte trabajo una empresa si tu tienes contrato fijo discontinuo?

Soy trabajadora de una empresa en la provincia de girona que gira en el rubro de hostelería. Tengo un contrato fijo discontinuo y hace 8 años que me convocan sobre semana santa hasta fines de octubre. Pero este año han abierto y comenzaron a trabajar las gobernantes cosa que no es su tarea y han llamado a mi compañera. Esta sola no da de si y se ha quejado y le han dado fiesta por 5 días y han sacado el genero a lavar afuera, porque somos una lavandería. Y a mi sin llamarme que somos solo las 2 trabajadoras al día de hoy. ¿Esto qué están haciendo es legal? ¿No deberían contratarme como minimo 6 meses por tener este tipo de contrato?

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Estimada usuaria, la cuestión es que NO pueden contratar a otra persona para hacer tu trabajo sin llamarte a ti primero, pero si no hay trabajo, no tienen que llamarte, y si hay para más gente o no, lo deciden ellos... el fijo discontinuo está condicionado a determinadas puntas de trabajo, que si no son tanto hay orden de llamada... si llegado tal número consideran que no necesitan más pues no llaman... pero no pueden llamar al 20 antes que al 15 o coger alguien de fuera y nuevo sin llamarte a ti.

Uns aludo

Gracias por tu respuesta mgaban, el tema del orden ellos lo respetan, pero quería saber si por el tipo de contrato no esta obligada la empresa a garantizar algún tiempo de trabajo. A nivel de los compañeros dicen que no menos de 6 meses... porque sino no tiene derecho a nada en la Seguridad Social.... esto es así ???

Muchas gracias.

Eso sería o es así si todo lo tenéis regulado... el contrato va asociado a una actividad que tiene periodicidad... pero normalmente´están descritos lo smotivos y orden en base a los que te llaman, y según la actividad suele haber prevista una duración media... pero como te digo... si por turno NO te toca, y ellos realmente podrían explicar que no tienen trabajo para tanta gente... NO tienen por qué llamarte, ni 6 meses ni nada... de hecho ahora podrías trabajar en otro sitio mientras... la cuestión es que es un contrato que se "activa" con la necesidad de la empresa, sería ilegal que tuviera trabajo queeu está cubriendo de otra forma por no llamaros... pero en general los motivos de llamada, orden, tiempo estimado deberían estar descritos en los estatutos de la empresa, negociación colectiva o algo...

La verdad que no tenía ni idea que existía este web y me resulto de lo más interesante y útil. Gracias por las respuestas y un saludo

Gervir

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