Protección por desempleo y otros

De nuevo vivenoia, visto que estas puesta en el tema... Tengo dos preguntas más para ti ( ya lo siento por molestarte tanto, no es mi intención)
A) Como ya te dige tengo 55 años y más de 6 años trabajados y por lo tanto cotizados en la seguridad social... Por tanto tendría derecho a esa ayuda hasta los 65 años que me comentaste hace un rato... Pero mi duda es la siguiente. ¿Mi mujer no ingresa nada porque es ama de casa pero y si alquilara mi lonja por ejemplo por 700 Euros me pasaría de los 630 euros esos que me dijiste que pueden entrar en el hogar para optar a dicha ayuda... O solamente contarían salarios y por tanto mantendría la ayuda y los 700 euros por otro lado? ¿O si con el alquiler me pasara del tope de dinero a entrar en una casa... Si lo pusiese por 500 euros ya no tendría problemas no? Es que no se si solo tienen en cuenta salarios o todo como por ejemplo en mi caso el alquiler de mi lonja
Y por otro lado...
B) Tengo 13.000 Euros impagados (7) nominas a fecha de hoy, por lo que he escuchado...
Fogasa se hace cargo de un limite de 10.899 euros en salarios impagados(todas mis nominas impagadas están dentro de los últimos 365 días) y por otra parte fogasa también se hace cargo del 40% de la indemnización por despido a razón de 20 dias/año en mi caso ( ley concursal)
¿Pero mi duda es... El resto de 2.101 euros que queda en el aire se hace cargo la empresa de pagarla con sus bienes? (local, coches, material,..) ¿O se pierde? Porque por ejemplo ya se que se haría cargo del 60% restante de la indemnización pero de las ominas no estoy seguro...
¿Y también mi duda es... Seriamos los primeros en cobrar incluso antes que abogados de la concursal, seguridad social, hacienda, etc etc? Porque antes de los proveedores ya se que si pero antes que estos tres aquí nombrados no lo se...
Muchísimas gracias por prestarme atención de verdad, y si pudieses explicármelo como a un niño de 3 años te lo agradecería porque tod esto me parece chino...

1 respuesta

Respuesta
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Explicarte la la ley concursal como a un niño de 3 años va a ser gracioso
A ver, empecemos por el principio, El INEM habla de rentas y no de salarios, es decir, que se tiene en cuenta en cuenta todo el dinero que entre en tu casa regularmente luego se considerarían también esos ingresos del alquiler de la lonja y cualquier otro ingrso parecido. Piensa que no tienen que ser superiores al 75% del SMI es decir el 75% de 633,3, ¿que son 474,98?.
Y ahora la segunda, tu deuda nunca puede desaparecer salvo que se lo "perdones" al deudor, independientemente de si te lo pagan o no, estaría bueno, es como si pides un préstamo y solo pagas la mitad, la otra mitad la sigues debiendo.
El fogasa se hace cargo de esa cantidad que dices y el resto queda pendiente, en el procedimiento concursal tienen preferencia los trabajadores, luego la Seguridad Social, luego Hacienda y el resto de organismos públicos y después básicamente los deudores se dan tortas para recoger los restos. Pero todo va en un procedimiento largo, lento y farragoso que puede tardar varios años en resolverse.
En principio creo que te he respondido a todo.
Vamos que con lo de la lonja lo mejor seria alquilarlo por 450 Euros/mes ya que seria el único ingraso que tendríamos mi mujer y yo... y de ese modo yo podría tener derecho a dicha ayuda de otros 426 euros/mes que me dijiste... así por lo menos tendríamos 900 euros/mes y no es pa echar cohetes pero mientras sale algo no esta mal... visto el panorama.
Y respecto al segundo apartado me quedaba siempre esa duda porque como los trabajadores siempre somos " segundones" como quien dice... no pensaba que fuéramos antes que hacienda, seguridad social, y todos los peces gordos de la concursal... porque algún abogado me había dicho que estos iban antes que nosotros, otros en cambio que primero íbamos nosotros... vamos que todo un lio...
¿Y para acceder a fogasa y reclamar dichas cantidades que pasos debería de seguir? ¿Tengo qué avisar con 15 días para que me preparen todo aun debiéndome 8 nominas? Y hay que hacer papeleta de conciliación o que hay que hacer para reclamar a fogasa y el resto a la empresa cuando venda todas sus cosas...
Muchas gracias por tus rápidas respuestas
Simplemente tienes que presentar la socitud y aportar las pruebas que te solciiten ahí.

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