¿Se puede disolver una C.B. Con varias deudas?

Soy socio de una Comunidad de Bienes (9%) creada en el 2004 aprox. En la actualidad la actividad (promotora y constructora) es nula y únicamente se pagan mensualmente las hipotecas correspondientes a varios terrenos y viviendas.

Somos 6 comuneros de los cuales 1 no puede/quiere pagar.

¿Es posible disolver la comunidad de bienes y que las deudas queden oficialmente repartidas entre los comuneros?

Actualmente, el comunero que no paga está "cubierto" ya que la responsabilidad es solidaria en este caso.

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Siempre es posible la disolución, aunque, naturalmente, el problema son las deudas. Ahora bien, en una CB la responsabilidad de los comuneros es siempre mancomunada, por lo que no acabo de entender la última frase de su pregunta (cuando dice: "Actualmente, el comunero que no paga está "cubierto" ya que la responsabilidad es solidaria en este caso").

¿Qué entiende usted por "estar cubierto"?

¿Cuándo dice "en este caso" se refiere usted a que en las hipotecas aparecen todos como deudores solidarios?

Acláreme ambas cuestiones y terminaré de darle mi opinión.

le pido disculpas por no expresarme bien,

actualmente hay un comunero que no paga, y somos el resto quien estamos haciendo frente a las hipotecas. Mientras que nosotros vayamos saldando con el banco el pago de las hipotecas cada mes, este comunero no tiene ninguna preocupación.

En esta situación, si no pudiéramos pagar las hipotecas, el banco ejecutaría la hipoteca e iría a buscar el importe adeudado a nuestras propiedades (presentes y futuras de todos los comuneros).

Quería saber si al disolver la C.B. las hipotecas concedidas a una C.B. pasarían a ser hipotecas cedidas a los comuneros pero de forma individual y en función de sus porcentajes, de manera que si uno de los excomuneros no puede pagar su % de hipoteca, sería él y únicamente él el que se viera afectado por una ejecución de hipoteca.

espero haber explicado mejor mi duda.

muchas gracias por su atención.

Siento no poder darle una buena noticia. La posible disolución de la CB jamás conllevará como efecto automático la división de las hipotecas. Ese efecto, tan deseable en su caso, sólo tendría lugar si se pactase así con el banco (por ejemplo, en un supuesto sencillo, si la CB tiene 5 pisos y son 5 comuneros, cada uno se queda con su piso y con su hipoteca).

Ya le anticipo que a la entidad bancaria será casi imposible arrancarle un acuerdo en el que su posición acreedora se debilite lo más mínimo. Por lo tanto, el primer análisis que hay que hacer (y que usted no me ha aclarado) es el tipo de responsabilidad que los comuneros tienen ahora mismo frente al Banco ¿es mancomunada o solidaria? Si fuese mancomunada, sería más fácil arrancarle un acuerdo al Banco (sólo se trataría de "trocear" el activo y el pasivo), pero si es solidaria ... ¡Estamos jodidos" (perdón por la expresión).

Espero haberme explicado con claridad, pero sigo a su disposición por si hay que aclarar algo más.

su respuesta ha estado a la altura de las 5 estrellas de su puntuación.

volveré a acudir a usted en cuanto tenga otra duda.

muchas gracias.

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