Sociedad civil particular

¿Puede una sociedad mercantil
(Sociedad limitada, ¿en este caso concreto) ser a su vez socio/a en una
sociedad civil? O dicho de otro modo ¿puede una persona jurídica ser
socio de una sociedad civil?.
He estado investigando un poco sobre el tema, y el código civil
solamente dice que los socios de una sociedad civil son "personas",
pero en ningún momento hace distinción entre físicas y jurídicas. No
obstante en el articulado posterior, bajo mi punto de vista, se
sobreentiende que solo pueden ser personas físicas, puesto que por
ejemplo, una de las causas de disolución es el fallecimiento de uno de
los socios, y evidentemente esto no es un supuesto aplicable a las
personas jurídicas. Por lo cual yo creo que no es posible, pero pido su
opinión al respecto para salir de dudas.
Finalmente, me gustaría saber qué creen ustedes que ocurriría si
llevo a la AEAT un contrato de estas características para que me
faciliten el NIF de dicha sociedad civil. ¿Creen qué me lo
rechazarían?. Sinceramente, no se si en la AEAT hilan tan fino como
para denegarme el NIF.

2 respuestas

Respuesta
1
Si se puede puesto que la sociedad limitada tiene personalidad jurídica.
Entiendo sus dudas, puesto que la sociedad civil "strictu sensu" se basa en un intuitu personae, que solo se da entre personas físicas y no jurídicas, sin embargo en la práctica se permiten este tipo de sociedades.
Son reguladas de forma específica por el Derecho Alemán con una terminología particular.
Si le interesa el tema como bibliografía le recomiendo a Vicent Chuliá, y es probable que encuentra alguna res. De la DGRN que contemple este supuesto.
En cuanto a la segunda cuestión, realmente no lo sé. Inténtelo.
Somos un despacho de abogados especializado en Derecho civil y mercantil, y contamos con un asesor fiscal. Si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 (preguntar por José Ortiz). Las consultas son gratuitas, si iniciáramos algún trámite le daríamos antes un presupuesto.
Respuesta
1
No es el caso habitual, mi opinión es que Si tiene derecho al NIF. Una empresa, SL, SA, sociedad colectiva, etc. pueden formar cualquier negocio, incluso el de empresa o sociedad civil.
Cosa distinta es que las sociedades civiles, para que tengan personalidad jurídica, sus pactos deben ser en escritura o públicos, y que las empresas civiles, pueden adoptar cualquier forma jurídica según el código de comercio (1670 CCivil).
En el campo tributario, la AEAT tiene muy claro este punto, y las dará un nif, sin mayor problema, puesto que las equipara a comunidades de bienes.
Suerte.

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