Responsabilidad Subsidiaria

Es en relación a Ley 28/2003 de 17 de diciembre.Ley Gral Tributaria el art.43 Responsabilidad subsidiaria.
El subcontratista nos entrega el certificado de estar al corriente de sus obligaciones (certificado POSITIVO)y nosotros le pagamos. Luego comprobamos que ese certificado está falsificado. ¿Hasta qué punto somos responsables? ¿Sigue existiendo esa responsabilidad subsidiaria?
Gracias

2 respuestas

Respuesta
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La verdad es que me he quedado perplejo al leer tu problema, no se si responderéis o no pero desde luego pinta mal, la responsabilidad subdiaria exige que se declare fallido al obligado tributario y posteriormente se realice un acgto de derivación de responsabilidad, es lógico pensar que si se ha falsificado un certificado probablenmente será un jeta que deje obligaciones pendientes, os recomiendo que practiquies una denuncia de los hechos en la comisaria más cercana, que asimismo acudáis a Hacienda presentando otra denuncia (con copia de la anterior), todo ello encaminado a futuras responsabilidades, si lo haces y finalmente acabas en tribuanles (TEAR, TEAC, Contencioso te serán de mucha ayuda)
Lo que jamas tienes que hacer es esperar sin hacer nada.
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No tengo ni idea. Lo siento. No conozco ese mundo.
Juanjo

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