Contabilizar intereses de un préstamo

Me gustaría saber si cuando reconocemos la concesión de un préstamo debemos hacerlo reflejando como gastos a distribuir los intereses que conocemos de antemano y luego ir trasladando a resultados-gasto según vayan devengándose las cuotas o si simplemente se reconocen como gasto. A mi en la uni me dijeron como gasto pero me parece más correcto lo otro... Ya ve, tanta carrera para esto.
Gracias y un saludo de antemano por su respuesta.
Respuesta
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Pues debes contabilizarlo como gasto, según te van viniendo los recibos de amortización lo llevas a una cuenta 662 intereses a l/p de deudas o a una 663 intereses a c/p.
De la otra manera te deduces gastos que aun no has devengado todavía y que luego en el impuesto de sociedades tendrías que quitar o andar haciendo ajustes por periodificación.

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