¿Iva deducible?

Hola, tengo un local de negocio( restaurante) arrendado como empresa, que a la vez tengo subarrendado a otra empresa. Yo repercuto un IVA pero a la vez soporto también otro IVA por los alquileres. ¿Puedo deducirme éste último restádolo al que repercuto? Hay que tener en cuenta que es mi subarrendatario y no mi empresa la que desarrolla ahora la actividad de la hostelería en mi local arrendado. Gracias.

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El subarriendo está permitido si el contrato así lo permite, por lo tanto, si todo está correctamente redactado y tu arriendo respecto a tu empresa que a su vez subarrienda, lo está haciendo a un precio normal de mercado, sería deducible sin ningún problema.

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