Destino de la provisión de fondos

Soy abogado y pido provisiones de fondos a los clientes para hacer frente a suplidos.
Una vez terminada mi intervención profesional, puedo destinar el resto de provisión que pueda quedar para abonar mis honorarios emitiendo la correspondiente minuta o ello acarrearía algún problema con Hacienda por no haber emitido dicha factura cuando se recibió la provisión.

1 Respuesta

Respuesta
1
Lo que hay que distinguir es si la cantidad que recibimos es una provisión de fondos (para gastos suplidos en nombre de nuestro cliente), un anticipo, o ambas cosas.
Si lo que recibimos es un anticipo (lo llamemos como lo llamemos), estamos obligados a emitir factura por ese anticipo, devengando en ese momento el IVA.
Si lo que recibimos es una provisión para gastos suplidos, entonces no tenemos obligación de emitir factura, ya que estamos ante un movimiento financiero, sin que intervenga de momento impuesto alguno.
Cuando recibimos un dinero de un cliente, nadie mejor que nosotros sabemos la naturaleza de esa entrega. Lo mejor es actuar en consecuencia. Nosotros a veces pedimos provisiones de fondos calculando los gastos en los que vamos a incurrir (impuestos a nombre del cliente, etc...), y además la mitad aprox. de nuestros honorarios. Si todo está bien calculado, al finalizar cobramos la otra mitad. En este caso, al recibir la provisión emitimos una factura de anticipo (sin dársela al cliente) por la parte que consideramos honorarios y la declaramos en el trimestre.
Naturalmente, también puede pasar que pidamos solamente para los gastos y que al final sobre dinero. En este caso emitimos la factura de honorarios al final y el cliente nos paga la diferencia. En este caso no consideramos que haya anticipo, simplemente es que sobró dinero de los suplidos.
Los profesionales tenemos obligación de cumplimentar un libro de provisiones de fondos precisamente por todo este lío. Hacienda lo podría revisar, y si sospecha que estamos tratando como provisiones para suplidos lo que realmente son anticipos nos podría hacer una propuesta de liquidación "paralela".

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas