Venta de inmueble entre padre e hijo

Mi consulta es si existe la posibilidad de vender una propiedad entre un padre y su hijo, diciendo en notaria y que conste en escritura que el pago de la misma se realizara en 30 años, con un 0% de interés.
De esta forma, no hay hipoteca, y ademas si el padre fallece se evita la declaración de heredero por parte del hijo, ¿no?
Si no, como se podría evitar la declaración de herederos (Andalucía). ¿Qué tipo de operación se puede realizar para evitar pagar sucesiones o el impuesto de donación?

1 respuesta

Respuesta
La venta de padre a hijo o la donación supone:
-Venta: el 7% de ITP y AJD (más notario + registro) más la ganancia patrimonial del padre, que tributará en su IRPF.
- Donación: impuesto de donaciones más la ganancia patrimonial del padre, que tributará en su IRPF, como en el caso anterior de la venta.
- Si tu padre te transmite la nuda propiedad es un caso parecido a la venta, aunque más barato, por reservarse el usufructo
Cualquiera que sea la solución es un pastón.

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