Vivienda donada por mis padres ¿Se registran?

Hace 44 años mis padres donaron las dos viviendas que tienen, a mi hermano y a mi. Nos hemos enterado a la muerte de mi madre, el pasado Agosto. Hasta ahora están pagando(mis padres) el IBI, e incluyéndolas en el IRPF. No están registradas.
El notario nos ha dicho que son nuestras, en usufructo hasta la muerte de ambos y en la liquidación a Hacienda por el testamento de mi madre, no hay que ponerlas, solo los bienes muebles(dinero, etc).
Si se registran ¿Tenemos qué incluirlas en nuestra declaración de la renta(Mi hermano y yo)? O ¿O podemos dejarlo tal cual, hasta que mi padre fallezca?
En este ultimo caso ¿Nos llamaran al orden, por no haberlas declarado en la liquidación de Hacienda por la herencia de mi madre(testamento)? Ya que al no estar registradas las donaciones, están en el Catastro a su nombre.

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Si se registra tal alteración, en el Registro de la propiedad (y por tanto en el Catastro), las viviendas constarán a vuestro nombre "formalmente", por lo que a partir de ahí deberéis de incluir tales inmuebles en vuestras declaraciones de la Renta. Es difícil que os requieran por no haberlas declarado anteriormente, porque además, y como dices, vuestros padres sí las han declarado, saludos,
www.consultasfiscales.es

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