Declarar renta alquiler

Para recibir su consejo, es el siguiente:
Tengo intención de comprar un piso junto con un amigo para alquilarlo posteriormente.
Me gustaría saber que gastos debo sumar al precio del inmueble para su adquisición ( notaria, etc.) y también me gustaría saber con cuanto tengo que contar que me retendrá hacienda o sobre que cantidad se aplica esa retención ( teniendo en cuenta que seriamos dos propietarios y calculando un alquiler aprox de 900?/mes
¿Hace falta que creemos algún tipo de sociedad? ¿Nos seria interesante crearla?
¿Qué ventajas o beneficios tendríamos?
¿Qué otros consejos nos podrían aportar?
Gracias por su atención y por su respuesta por anticipado

1 respuesta

Respuesta
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Respecto a tu primera pregunta, los gastos que debes incorporar a la vivienda son todos los inherentes a la adquisición del mismo, como indicas Notaría, Registro de la Propiedad, Plusvalías, comisiones de gestión.
Respecto a tu segunda pregunta, la retención mensual aplicada sería un 18%, y los ingresos de dicho arrendamiento pasarían a formar parte de tu Base Imponible a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, en el momento de realizar tu declaración de renta, tendrías que incorporar a tus ingresos íntegros, la parte de renta del bien inmueble, con lo que constituiría los ingresos íntegros totales. Ya según tu tramo de renta que resulte, y, con las retenciones aplicadas, obtendrás la cuota resultante, si te sale a pagar o no vamos.
Sobre si queréis crear una sociedad, mi consejo es que si solo vais a disponer de patrimonio para alquilar, que constituyáis una sociedad civil patrimonial, una Comunidad de Bienes, al porcentaje que cada uno aporte.
Muchas gracias por su respuesta pero no tengo muy claro el concepto, tendría que declarar un 18% mensualmente y además luego meter esos ingresos sumados a mis ingresos en la declaración anual. ( ¿No seria eso declarar dos veces del mismo ingreso?)
¿No me puedo desgravar ninguna cantidad de los ingresos que me genere el alquiler?
Por favorecer la ocupación de vivienda, había oído hasta un 50%.
Ejemplo: Si me estuvieran reteniendo un 15% por mis ingresos.
Primero pagaría un 18% de lo ganado mensualmente con el alquiler y anualmente un 15% de lo ganado ¿es correcto? O le he interpretado mal.
Un saludo y muchas gracias.
Creo que me he explicado mal o no me has entendido bien, veamos
No es que tengas que pagar dos veces, sino que ese 18% es de retención, tendrías que retener ese 18% para cuando hagas la declaración de la renta regularizarlo con tu tramo de impuesto correspondiente.
Lógicamente, en la declaración de la renta podrás poner las deducciones a la cuota correspondientes a bonificaciones por alquiler de vivienda.
Muchas gracias por la aclaración, no lo había entendido yo bien, me ha agradado la rapidez en sus respuestas y me ha satisfecho las respuesta.
Un saludo y hasta otra.
Manuel.

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