Ayuda para la renta del 2008

El año pasado vendí un apartamento por 21.800.000 para comprarme un piso que me costo 20.000.000. El caso es que el apartamento solo tenia año y medio desde que lo compre por lo que al hacer la declaración de la renta este año al no tener el apartamento más de 3 años en propiedad no se considera vivienda habitual, lo cual hace que a la venta no puede utilizar el dinero para reinversión, según por lo que tengo entendido tengo que devolver a hacienda un 18% de la diferencia entre escrituración de compra y venta, ¿osea de 6.800.000. Eso es correcto? Y otra pregunta, quiero alegar que el cambio de domicilio de apartamento a piso es por el nacimiento de un niño, teniendo que vender el apartamento de 50m2 para comprar un piso de 75m2... ¿podéis decirme si conocéis precedentes en este aspecto? Gracias.

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Correcto, las ganancias patrimoniales tributan a un 18 %. La exención por reinversión se produce cuando vendes tu vivienda habitual (este punto no lo has aclarado) e inviertes el importe de la venta menos gastos e hipotecas en la adquisición de otra vivienda habitual. La justificación que piensas emplear no esta contemplada en la Ley, sólo habla de separaciones matrimoniales, matrimonios, cambios de trabajo, u otras análogas que exijan cambio de domicilio. Este último punto queda a criterio de la administración pero ya te digo que sólo aceptarán las especificadas en la ley.

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