Alquiler vivienda habitual

Buenas. Hace 3 años compré una vivienda a donde me fui a vivir y, por tanto, deduje los importes de la hipoteca en la Renta como vivienda habitual. 2 Meses antes de cumplir 3 años desde la compra me fui a vivir con mi novia (con la que me caso en unos meses) y alquile mi vivienda. Al hacer la declaración veo que tengo que devolver los importes por haber alquilado la casa antes de 3 años desde la compra. Veo que uno de las excenciones es matrimonio, ¿la fecha del mismo debe ser antes de 3 años desde la compra para que se considere excencion? Por otro lado, también veo en la ley que están exentos de devolver el importe las personas que se separen, se trasladen de trabajo u "otras causas análogas" ¿Qué causas análogas son? ¿Tendré qué devolver el importe de la deducción aunque realmente contraiga matrimonio en unos meses? Gracias y saludos
Respuesta
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El criterio de la admon. es rígido;el matrimonio ha de producirse antes de los tres años;he revisado resoluciones de la DGT y tu caso no se considerará dentro de otras "causas análogas",... por lo tanto:
Yo te diría que ajustes el computo del tiempo y todas las circunstancias valorando la posibilidad de que esos DOS MESES puedas considerar que has utilizado la vivienda como habitual, y si no es posible tendrás que devolver las deducciones más los intereses.

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