Empresa nueva creación

Tenemos una casa en la sierra de Toledo y vamos a mudarnos a otra. Queremos montar en esta casa y una finca aledaña una casa rural pero nos surgen muchas dudas.
Nos han dicho que lo más adecuado seria crear una S.L..¿es posible explotar este negocio sin necesidad de crear una empresa? Es decir dándose mi mujer de alta en autónomos.
El epígrafe del iae que nos corresponde no contempla poder entrar en el régimen simplificado de IVA, por lo tanto ¿tendríamos qué llevar la contabilidad como si de una empresa se tratara?.

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Lo primero que tenemos que saber es si en la casa vais a realizar actividades de hostelería o no.
Hay casas rurales que se limitan a alquilar la casa por fines de semana, semanas, etc, pero que no dan comidas ni desayunos ni nada de nada. En este caso es una actividad de alquiler de vivienda que no está considerada como actividad económica, siendo los rtos obtenidos de capital inmobiliario.
En caso de ofrecer servicios propios de la hostelería, entonces si que se consideraría actividad económica.
Si te parece, me confirmas primero esto y luego seguimos.
En cualquier caso, cualquier negocio se puede llevar siendo empresario individual. Para ver si es conveniente montar una mercantil, habría que evaluar la situación: riesgos que se corren, necesidad de separación de patrimonio personal y empresarial, beneficios a obtener, socios participantes, etc. Afirmar sin más que es conveniente crear una mercantil ( o afirmar lo contrario), sin antes estudiar todo lo anterior, es cuando menos arriesgado.
En principio queremos dar alojamiento y desayunos. Muy probablemente si va bien el negocio queremos comprar una parcela anexa y ampliarlo. No entiendo muy bien lo de los riesgos. En principio el riesgo es mínimo y los socios participantes seriamos mi mujer y yo, el tema de la separación personal y patrimonial vendría luego, suponiendo que compremos la parcela.
En ese caso, y suponiendo que la explotaseis como empresarios individuales ( sujetos pasivos de IRPF), los rtos se consideran obtenidos en el ámbito de una actividad económica, y como tal hay que tratarla.
El epígrafe correcto es efectivamente el 685, alojamientos turísticos extrahoteleros. Este epígrafe permite dar servicios complementarios a los clientes hospedados, tales como comidas, servicios de guía turística, etc...
En IRPF, tal como dices, no puedes estar en módulos, correspondiendo el régimen de estimación directa simplificada, que obliga a llevar libros de ingresos y gastos, y en el régimen general de IVA, que obliga a llevar los libros de facturas emitidas y recibidas ( pueden ser los mismos libros).
Si al final optaseis por montar una mercantil, la contabilidad se tendría que ajustar al código de comercio y los rendimientos tributarían en el impuesto de sociedades.
Lo de los riesgos me refería a que habría que ver, entre otras cosas, el riesgo que habría de incurrir en situaciones de pérdidas y deudas que comprometiesen vuestro patrimonio personal.
Por lo que comentas, no parece que montar una mercantil sea lo más adecuado. En cualquier caso, siendo que es más cara de montar y de gestionar, habría que tener clara la necesidad de hacerlo.
Resumiendo:
- Se puede llevar el negocio perfectamente sin montar ninguna sociedad, como empresario individual.
- Hay que llevar libros contables de ingresos y gastos ( no es una contabilidad oficial como la de una mercatil, es mucho más sencillo)
- No parece en principio necesario montar una mercantil.

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