Reinversión por vivienda

¿En 1998 adquirimos una vivienda habitual por 33000? ¿La cuál hemos vendido en abril del 2004 por 80000? ¿Y pagamos 26000? Que restaban de hipoteca, ¿en mayo de 2004 reinvertimos en otra vivienda de 150000? ¿Con una hipoteca de 120000?, de la primera estuvimos desgravando al 50%. Mi pregunta es, ¿podemos desgravar este año por reinversión?
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La venta puede estar exenta por reinversión pero no te puedes deducir por reinversión, lo que si puede ser es que te reduzca por adquisición de vivienda habitual en tu caso la venta creo que esta exenta:
33000-80000=27000 ganancia
150000-27000=123000
Esta exento porque inviertes más de 80000 euros osea todo.

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La ley estipula que cuando se compra otra vivienda habitual habiéndose desgravado por una anterior, hasta que no se supere (sumando intereses, amortización y gastos) la cantidad por la que anteriormente se ha desgravado, no se puede desgravar de nuevo.

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