No nos ponemos de acuerdo en el pago del ISD

Somos 3 hermanos que hemos heredado una vivienda habitual. Como no está claro cuando vamos a vender la vivienda, diferimos en cuanto si aplicarnos ahora la reducción por mantener la vivienda habitual y posteriormente hacer una declaración complementaria del ISD (pagando los intereses) o pagar el impuesto sin aplicarnos la reducción.
Si no llegamos a un acuerdo ¿Podemos hacer cada uno una autoliquidación distinta?
Si uno de los hermanos no vende su parte, ¿tiene qué declarar el importe total o puede aplicarse la bonificación por mantener la vivienda?
Respuesta
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El ISD se debe pagar en los 30 días siguientes a la adjudicación de la harencia.
Si entre el fallecimiento del causante y la adjudicación han pasado más de 4 años y 6 meses, el ISD está exento de pagarse
No se puede fraccionar por parte este impuesto. Es necesario si quieren vender la propiedad, adjudicar la herencia a cada hermano la parte correspondiente y liquidar el impuesto a la comunidad autónoma en el plazo anteriormente comentado.

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