Justicante de pago

Hola,
Tengo una pequeña empresa y algunas veces me ayudan algunos colaboradores. Mi pregunta es, cuando tenga que pagar estas colaboraciones, ¿les hago que me firmen un recibí por sus honorarios y tengo que retener un 15% de IRPF únicamente o debo poner también un IVA?
Gracias

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Todo dependen de si estos colaboradores están dados de alta en IAE y pueden emitir factura.
Caso de que sean colaboraciones puntuales y no ellos no estén dados de alta en IAE, debes hacer estos justificantes con retención del 15% que deberás liquidar con Hacienda cada 3 meses, pero sin IVA.

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