antropofago respondió:
Todo dependen de si estos colaboradores están dados de alta en IAE y pueden emitir factura. Caso de que sean colaboraciones puntuales y no ellos no estén dados de alta en IAE, debes hacer estos justificantes con retención del 15% que deberás liquidar...
jcgh respondió:
No tienes que agotar el tiempo, lo que tienes que hacer es remitir una carta a la empresa diciendo tu intención de reincorporarte a la misma, una vez que la empresa haya recibido la carta que les has enviado, se pondrán ellos en contacto con usted....