Compatibilidad Subsidio por Desempleo con factura...

He recibido carta del INEM concediéndome el subsidio de desempleo, pero aún no he cobrado nada.
Por un trabajo (soy músico) me han pedido una factura ( no hay contrato ).
La he hecho y he cobrado el trabajo, 824 euros.
Ahora no sé que tengo que hacer. He llamado al INEM, SS, Hacienda y me dicen en resumen:
- INEM: Notificar trabajo, para suspensión de subsidio... Porque implica entrar en RETA... (? ¿?, yo no lo veo lógico ya que no me compensa ser autónomo por un trabajo )
- SS: Darme de alta como autónomo
- Hacienda : Pagar IVA.
Mi pregunta es :
- Puedo dejar esto como está, no hacer nada, ¿y qué en la declaración de IRPF Hacienda me quite el 15% de la factura?
- ¿Me pueden quitar el subsidio por desempleo? ¿Cómo castigo si no muevo todo el tema de autónomo?
Otra pregunta que me ronda la cabeza:
- Si me sale un trabajo como músico por un día ( por ejemplo concierto ), puede que me hagan nómina ( por un día ), no sé qué debo hacer para no perder el subsidio.
Estoy hecho un lío y preocupado.

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Hasta día de hoy la seguridad social y hacienda no cruzan datos, me refiero con eso que puedes cobrar el subsidio por desempleo y hacer esa factura, cuando llegue el momento de hacer la declaración de hacienda declaras esa factura y listos. Estamos hablando de una cosa puntual.
En el caso de que tuvieras que ir haciendo facturas si que deberías darte de alta en hacienda y seguridad social como autónomo.
En principio nadie se va dar cuenta, en el improbable caso de que si que se dieran efectivamente te quitarían el subsidio, te obligarían a darte de alta de autónomo pagando recargos y alguna posible sanción.
Si te sale un trabajo de un día y este es con nomina es decir con alta en el régimen general, lo comunicas al inem que te descontara de tu subsidio ese día y continuara pagando sin problema. Si este trabajo de un día no lo comunicas al inem si que se darán cuenta de que no los has avisado y te sancionaran con la perdida de algún mes del subsidio.
Por tanto en resumen, de la factura no hagas nada (solo la declaras en la declaración de la renta) mientras sea esta sola y de los trabajos de un día o más comunícalo al inem para que te reste de tu subsidio los días trabajados.
Ojalá pudiera transmitirle la tranquilidad que me da su respuesta. Muchas gracias.
Disculpe, pero tengo otra duda, parece ser que la nómina me la pueden hacer bajo régimen general como Ud. dice, pero también puede ser bajo el régimen de artistas. ¿Tendría qué hacer lo mismo que si fuese régimen general?
El régimen de artistas esta asimilado al régimen general, en este aspecto es exactamente igual.
Saludos, y de verdad estese tranquilo por esa factura

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