¿Volver a cobrar el paro?

Hola,
estoy en el paro, y tengo derecho hasta diciembre. Si en septiembre me dan de alta con un contrato de media jornada por seis meses, al finalizar dicho contrato, podría volver a cobrar el paro que supuestamente me queda, ¿o sea de sept a dic = 4 meses?
Muchas gracias
Respuesta
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Si, por supuesto, cuando te hagan el contrato te ditiges al Inem y lo comunicas, es tu obligación, ellos paralizaran la prestación con fecha de contrato, cuando finalice el mismo, vas nuevamente al INEM, te vuelves a inscribir como demandante de empleo, y le dices que quieres reanudar la prestación que venias cobrando antes de trabajar, se te reanudará con fecha del fin del contrato, debes solicitarlo antes de 15 días de la finalización del mismo.
Otra opción seria, que en el caso que la prestación que percibes, ha sido generada por un trabajo a tiempo completo, por lo que podrías seguir cobrando el desempleo, pero restándole la cantidad que percibas en de tiempo parcial, esto no alteraría la duración de la prestación.
Si deseas alguna aclaración preguntame, si no, no olvides finalizar la pregunta.
Muy bien. Todo claro.
En el caso me hagan un contrato de jornada completa (yo estoy cobrando un paro generado por un trabajo a jornada completa), ¿al reanudarse la prestaccion cobraría los meses que me quedan (o sea 4) o los seis meses que supuestamente voy a trabajar contribuirán a alargar la prestacción?
Muchas gracias mario
Perdona mario, una pregunta más:
Si este contrato que me hacen es inferior a seis meses, ¿se puede reanudar lo mismo la prestaccion? ¿De cuánto tiempo debe ser mínimo este contrato para poder volver a cobrar? O no hay mínimo, ¿ya qué tendría algo acumulado?
Una vez más, gracias
No, el nuevo contrato no se sumaria a lo anterior para alargar el periodo de la prestación, aunque fuese de jornada completa, cuando finalice reanudarías el que tienes en suspensión. Da lo mismo la duración del contrato que tengas, podrás siempre reanudar la prestación, si el contrato superase el año, volverías a generar derecho a una nueva prestación, cuando finalizase el contrato, podrías o bien reanudar el anterior o coger el nuevo, pero si reanudas el anterior, cuando finalice, si no has encontrado empleo, no podrías pedir el nuevo, hasta que no tuvieses un empleo y cesases en el mismo, con lo que sumarias los meses de este más los del anterior.

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