Baja enfermedad común autónoma

Quisiera que me resolvieras una duda. Soy autónoma y tengo 61 años, tengo un comercio que llevan mis hijas, ya que yo me he dado de alta como autónoma para cotizar los años que me quedan para jubilarme. Padezco de dolencias en la espalda, entre otras enfermedades, y me van a hacer pruebas el traumatólogo, y pensaba en si pido la baja por enfermedad común alegando estos dolores y pruebas y así me alivio un poco de pagar el autónomo, porque ¿si estoy de baja, dejo de pagar el autónomo y me paga la baja el INSS?. Espero que me hayas entendido y perdona si me he extendido.

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Siendo Trabajador autónomo, solo esta protegida la contingencia de incapacidad temporal por contingencias comunes, es decir causas ajenas al trabajo, si se está cotiando voluntariamente por ello. De lo contrario no estarían cubiertas.
Pero además para poder tener en su caso derecho a la prestación es necesario mantenerse en alta en el RETA, por lo que deberás seguir cotizando al a seguridad social durante este periodo.
En cuanto al pago, los 3 primeros días, son por cuenta del trabajador, del 4º al 15 es por cuenta de la empresa (en este caso tú o tu mutua si está asegurada esta opción) y a partir del día 16, lo pagaría en INSS.
Si no deseas más aclaraciones a este respecto.
Tengo una duda.comentas que tendría que seguir cotizando en situación de baja, pero quisiera saber si es el mismo importe (¿241.20? Aprox) que cotizo en situación de alta.
Muchas gracias por la respuesta.
Si, la cuota de cotización es fija.
Pero en caso de que no tengas cubiertas las contingencias comunes, no tendrías que estar en alta, pero claro, tampoco te correspondería recibir la prestación por incapacidad temporal.
En caso de que si la tengas cubierta, debes cotizar igual que siempre.

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