Cotización en la seguridad social

Hace más de 2 años que trabajo para una familia con múltiples negocios en Jávea, limpio, cocino, hago de secretaria cuando me necesitan, cuido a una persona mayor de la familia, atiendo un hotel de su propiedad en verano, en fin mi trabajo es de "comodín", voy donde me necesitan, con mi coche. No estoy asegurada, por más que se lo pido, se niegan a hacerlo, tengo 56 años y necesito cotizar, pero ellos no están por la labor, o sigo así, o a la calle... Quisiera saber que debo hacer para cotizar por mi cuenta, sé que podría hacerlo como autónomo, pero eso me limita a la hora de cobrar el paro, si es que me quedo sin trabajo. Por otro lado, mi yerno, que tiene una empresa, se ofrece a darme de alta, media jornada, como auxiliar administrativo, pero creo que debería pagar, aunque fuera en la categoría más baja, mucho más del dinero que dispongo, en mi trabajo cobro 500 euros por 40 hs. Semanales. ¿Podrías informarme que me conviene hacer? Por autónomo en limpieza debería abonar alrededor de 170 euros al mes, como auxiliar administrativo creo que llega a los 300...

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Antes de nada quiero decirte, que si la gente con la que estas trabajando tiene negocios y puede costearte la cotización a la seguridad social y no lo hacen porque no les da la gana, lo que deberías de hacer es ponerles una demanda en la inspección de trabajo y seguridad social, por tenerte trabajando sin darte de alta en el RGSS, y de paso consultar a un abogado, porque cabe la posibilidad de que se pueda, obligar a esa gente a abonar a la seguridad social, los dos años que te ha tenido trabajando sin asegurarte, lo que te daría derecho, a una indemnización, y a la prestación por desempleo correspondiente a esos dos años, lo que significaría que ya tendrías cotizados dos años para la jubilación, piénsatelo muy seriamente, si quieres antes de demandar a esa familia acercate a cualquier sindicaro o a algún abogado laboralista para que te asesore sobre todos los pasos que tienes que dar.. Sobre lo de cotizar en autónomos, Mira yo te voy a dejar el enlace de la página web de la seguridad social, donde te informan de lo que tienes que hacer para darte de alta en el RETA, las cotizaciones máximas y mínimas y lo que tienes que pagar, pero si quieres te puedes informar personalmente, en las oficinas de la tesorería de el INSS o seguridad social, o bien por teléfono, pero te puedo adelantar, que los trabajadores autónomos que se acojan al sistema de protección por cese en la actividad tendrán derecho al cese de actividad o paro, y una reducción de 0,5 puntos porcentuales en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes, por lo que el tipo de cotización será del 29,30%.
Si el trabajador autónomo no tiene la protección por incapacidad temporal, el tipo será del 26,5%.
La cuota mínima con Incapacidad Temporal (850,20 * 29,8%): 253 euros/mes aprox.
La cuota mínima sin Incapacidad Temporal (850,20 * 26,5%): 225 euros/mes aprox.
Además, los autónomos que se hayan acogido al nuevo sistema de protección por cese o paro, en la actividad, deberán añadir el tipo de cotización del 2,20 por 100. 19 o 20 euros más al mes.. Los trabajadores incluidos en este Régimen Especial que no tengan cubierta la protección por las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, efectuarán una cotización adicional equivalente al 0,1 %, aplicado sobre la base de cotización elegida, para la financiación de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y lactancia.. Si no necesitas ninguna aclaración no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta gracias.. Un saludo
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Basesytiposdecotiza36537/index.htm

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