Que hay que hacer para abrir una administración de lotería

Hola, me gustaría saber que tramites hay que seguir para poner una administración de lotería, de que organismo depende y que requisitos se exigen. Gracias

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Blanink99:

La concesión de autorización para abrir un establecimiento de Administración de Lotería se realiza mediante concurso público convocado por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, quien publica la convocatoria pertinentemente en el B.O.E.

Necesitas fianza, documentación sobre disponibilidad del local, fijar un importe mínimo de ventas, etc.

A nivel de proyectos necesitas, además del pertinente proyecto técnico de Licencia de Apertura un proyecto de Seguridad.

Para obtener la autorización definitiva y por tanto, el envío de consignación de billetes y material complementario, las administraciones de loterías deben pasar una
inspección para observar si cumplen con las siguientes medidas de seguridad:
Disponer de una caja fuerte o cámara acorazada, con el nivel de resistencia que
determine el Ministerio de Interior, para la custodia de efectivo y de objetos preciosos, dotada de un sistema de apertura automática retardada, que deberá ser activado durante la jornada laboral, y dispositivo mecánico o electrónico que permita el
bloqueo de la puerta, desde la hora de cierre hasta primera hora del día siguiente
hábil.
Cuando la caja fuerte tenga un peso inferior a 2000 kilogramos, deberá estar anclada, de manera fija, en una estructura de hormigón armado, al suelo o al muro.
La parte del recinto destinada al público estará totalmente separada, por elementos
o materiales de blindaje del nivel que se determine, de la zona reservada a los empleados que realicen transacciones con el público, la cual estará permanentemente
cerrada desde su interior y dotada de dispositivos que impidan el ataque a dichos
empleados.
Las transacciones con el público se realizaran a través de ventanillas con cualquiera de los dispositivos enumerados a continuación:
Dispositivo de tipo túnel, bandeja de vaivén o bandeja giratoria con seguro, que
permita adecuadamente las dispensaciones a los clientes sin necesidad de que
éstos penetren en el interior.
Independientemente de las mencionadas medidas de seguridad, el Gobernador
Civil de la provincia, en los casos que el volumen económico, la ubicación o en
general, su vulnerabilidad lo requiera, podrá obligar a los titulares de estos establecimientos a la adopción de instalación de dispositivos y sistemas de seguridad
y protección. Además de la conexión a sistemas de seguridad con centrales de
alarmas, ajenas o propias

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