¿Puedo destinar un bajo a fiestas infantiles?

Buenas tardes, he alquilado un bajo y he pensado cederlo para que las madres celebren las fiestas de cumpleaños de sus hijos en un lugar acondicionado y divertido. Ellas me firman un papel como que les dejo el bajo para que lo utilicen y luego les pongo los aperitivos y bebidas y me pagan por este concepto. El uso es ocasional. No tiene escaparate, ni voy a anunciarlo ni nada que se le parezca, sólo es para éstas ocasiones. ¿Necesito licencia de apertura o declararlo? ¿Tengo qué hacer todos los tramites necesarios cómo si tuviera un negocio o no es necesario? Muchas gracias. Eva
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Legalmente, debería decirte que tendrías que darte de alta, salvo que, ¿si no es tu actividad habitual y facturas menos de 3000? Al año, no habría problema, se emite una factura con tu DNI y listo.
Actividad habitual: entendemos como actividad habitual a un prestación de servicios de manera regulada (todos los días, todos los meses) con un percibimiento económico por esos servicios.
Parece que lo tuyo no sería una actividad habitual y no tendrías problema.
2º debido al tipo de negocio que quieres montar, que no va a tener publicidad, que será más orientado a tus vecinos y conocidos (imagino), no creo necesario que te des de alta con nada. Es una propiedad tuya por el cual ya pagarás a hacienda lo oportuno.
Así que, ya es decisión tuya, si cumples lo primero, perfecto, si no lo cumples y quieres crear el negocio (sí necesitas licencia de apertura al ser un local orientado al público) y si no quieres hacerlo, pues no hay más que comentar.
Quiero darle las gracias por sus aclaraciones, me han sido muy útiles y también la rapidez de la respuesta.
Gracias por todo.
Eva.

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