Compensación perdidas

Buenas tardes;
Tengo una duda a la hora de compensar perdidas de ejercicios anteriores en una sociedad.
¿Resulta qué el año pasado tuvimos unas perdidas de 23500?, ¿De las cuales 21000? Correspondían a gastos no deducibles (una multa y varias facturas que no podía justificar). Por lo tanto a la hora de calcular el impuesto negativo y hacer el modelo 200, ¿se calculo el 25% sobre una base imponible de 2500? ¿Y se hizo 625? (4745) a (6301), ¿Pero claro el resultado contable se agrupo en la apertura de este año en la cuenta 121 por un importe de 22875? (Incluyendo en las perdidas la parte de gastos no deducibles, ya que no coincide el resultado fiscal con el contable)
Este año al haber ganancias en la sociedad tengo que compensar las perdidas, ¿y la duda que tengo es si la cuenta 121 la podre compensar con las bases positivas que me den en ejercicios posteriores por los 22875? ¿Qué tengo de saldo hasta que esa cuenta se quede a 0?, ¿O si los 21000? No deducibles nunca se podrían compensar y los tendría que separar en otra cuenta.
Espero haberme explicado con la mayor claridad posible.
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Si. Hay que compensar el resultado contable. Lo que me indicas es unicamente a efectos de cálculo del IS.
Muchas gracias;
Entonces entiendo que me olvido de si en su día hubo gastos no deducibles, y compenso la cuenta 121 con las bases positivas de ejercicios posteriores en su totalidad ¿verdad?
Exactamente. Los gastos no deducibles lo son solo a efectos del IS.

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