Tema complicado, creación negocio.

Agradecería su ayuda respecto a los temas que a continuación cito.
Soy trabajadora por cuenta ajena y además en breve por motivos familiares tendré la titularidad de un estanco.
No pretendo dejar mi trabajo, y quiero que mi marido sea el que pase a trabajar en el estanco.
Mis múltiples preguntas son las siguientes.
¿Debo darme da alta en régimen de Autónomos si no voy a trabajar yo en la expendeduría sino mi marido?
Al estar mi marido en el paro, ¿podría solicitar el pago único de la prestación por darse de alta como autónomo?, o ¿Existen algún tipo de ayudas o subvenciones por darse de alta en ésta régimen?
¿Sería más conveniente darle de alta como Autónomo familiar colaborador o como trabajador autónomo económicamente dependiente ya que la totalidad de sus ingresos vendrán originados por su trabajo en el estanco?
¿Fiscalmente, cara a poder desgraver su sueldo como gasto de la expendeduría, cómo deberíamos hacerlo?, no se si mi marido debería hacer una factura al estanco y contarlo como gasto deducible, ya que al ser mi cónyuge no puedo contratarlo como asalariado.

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Estimada Cristina.
La pregunta que plantea no es nada sencilla por múltiples motivos, partiremos de la base que su marido y vd., están casados en régimen de gananciales, cosa que simplifica las cosas y que permitiría que su marido se diera de alta de autónomo aunque tendría que transferirle plenos poderes para que fuera quién gestionara el estanco en cuestión.
Respecto al pago de la prestación, habría que estudiarlo detenidamente ya que tengo mis dudas, en principio esta prestación está pensada para personas que están en el paro y que se convierten en emprendedores presentando un proyecto de negocio viable bien como autónomos o integrándose como socios en una SLL (Sociedad Limitada Laboral), así pues, desde el prisma que plantea vd., la colaboración de su marido no entraría en este tipo de supuesto por cuanto más bien sería un trabajador de un negocio ya constituido.
Respecto de las ayudas y subvenciones al empleo autónomo haberlas si las hay pero estamos en lo mismo que le comentaba en el`párrafo anterior condicionan su concesión a determinadas premisas normalmente asociadas a la creación de un nuevo negocio por cuanto sería difícil conseguirlas a no ser que se pudiera realizar un proyecto de nueva creación y colarlo como tal.
Respecto a la situación más conveniente como autónomo, hay un contrasentido entre lo que plantea y lo que indica al principio, es decir, el autónomo al frente del negocio no es un empleado sino el empresario responsable del mismo por cuanto no tiene que hacer factura alguna ya que tributa en atribución de rentas, en realidad no es una empresa exógena que vd., contrata y por tanto no hay forma de desgravar desde este punto de vista el sueldo pero si que podrá desgravarse las aportaciones en materia de seguros sociales del RETA.
Por otro lado, un consejo que tal vez pudiera ser interesante (habría que evaluar si también lo es desde un punto de vista fiscal), es constituir una Sociedad Limitada o incluso una Sociedad Limitada Unipersonal, de la que puede ser vd., misma socia única con el 100% de las participaciones de capital social, y disponer que su marido sea el administrador único de la sociedad, en este caso, podría darle de alta tanto en régimen general como en autónomos y tendría una nómina, esta nómina si que podría contabilizarse como un gasto de la sociedad que jugaría su papel en la minoración del impuesto de sociedades por el que tributarían el 20% de los beneficios obtenidos por la empresa.
Es una opción que no es descartable, es más cara de inicio porque tiene una serie de costes de constitución y un capital social que aportar, en este caso no podría tampoco hacer valer la condición de la prestación por desempleo ni las subvenciones pero si que podrían ser partícipes de uno de los créditos bonificados del ICO que pueden solucionar los problemas de financiación del negocio.

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