Doble afiliación a la Seguridad Social

-Actualmente estoy afiliado al régimen general de la SS, mediante trabajo por cuenta ajena.
-Quiero compatibilizar el tiempo que me resta y realizar trabajo por cuenta propia.
-Debo de realizar alta en RETA.
-¿Qué sucede con las cotizaciones a la SS del régimen general?
-¿Qué sucede en caso de perdida del empleo por cuenta ajena, también se pierden derechos por ejemplo de desempleo?
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Leagalmente te tienes que dar de alta en el RETA. Las cotizaciones den el régimen general no se pierden. No obstante, si se causa una pensión se totalizan todas las base de cotizazción siempre que no se superpongan las de dos regímenes de la Seg. Social diferentes. Es lo que se llama computo recíproco de prestaciones. Pero ésto ya es un tema más largo.
La perdida del empleo por cuenta ajena, si estas de alta en el RETA, supone que no vas a cobrar las prestaciones por desempleo, ya que estás trabajando como autónomo (teóricamente) y, por tanto, se supone que tienes ingresos. Diferente es si estas trabajando en dos empresas diferentes y te despiden de una, pues puedes tener derecho a desempleo parcial

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