¿Por favor una? Legal

Amigo José:

En un contrato de compra-venta inmobiliario amparado por una legalización de firmas

notarial, se hizo constancia de recibo de un adelanto del 55% del total ( efectuado) y

el ofrecimiento de cancelar el saldo a 30 días.

Pasados los 30 días y no habiendo voluntad de comunicación del comprador; qué opciones legales puedo disponer?

Un cordial saludo y Gracias.

Hraul

Respuesta
1

Ante cualquier incumplimiento de un contrato, la parte que ha cumplido puede exigir o el cumplimiento del mismo o la resolución(en caso de incumplimiento grave) con indemnización de daños y perjuicios en ambos casos

Lo mejor es, si se formula demanda, hacerlo de forma subsidiaria pidiendo primero lo que interese al demandante y subsidiariamente, para el caso de que no sea admitido por el juzgado subsidiariamente la segunda opción

Lo mejor es acudir a un abogado que estudie toda la documentación y le ofrezca la mejor solución a su asunto

Amigo José ante todo muchas gracias por tu orientación y por favor, cómo se diferencia la

demanda/demanda de la demanda/subsidiaria?, se presenta en 2 tiempos o al mismo.

Un cordial saludo

Héctor

No se trata de dos demandas sino de dos pretensiones ejercitadas en la misma demanda, en concreto en el suplico de ella solicitando primero lo que más te interese (la resolución del contrato y devolución del precio o su cumplimiento con la condena a pagar el resto) y subsidiariamente para el caso de no admitirse la primera petición se solicita la segunda

Esto deberá hacerlo el abogado a quien acudas pues lo necesitarás para presentar la demanda, y será el quien evalúe tu situación y decida cual es la mejor forma de formular esa demanda

En todo caso la opción de la demanda judicial siempre debe ser el último recurso pues si se puede resolver por las buenas el asunto sería lo ideal

José,Qué bueno encontrar en ti una persona de buena voluntad,

Sea la Paz contigo y te acompañe siempre.

Un abrazo

Héctor

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