¿Puede cerrar un camino el propietario de una finca que tiene servidumbre de paso?

Soy propietario de una finca a la que accedo por un camino de servidumbre que transcurre por la finca de mi vecino. Resulta que hace seis meses este vecino ha cerrado su finca, la ha alambrado y me ha colocado dos puertas en el camino. Yo le comenté que pusiera puertas "canadienses", a lo que me ha hecho caso omiso, no obstante las puertas no tienen candado ni cadena, únicamente tienen cerrojo. He hablado con el juez de paz del pueblo y no sabe por donde cogerlo, tampoco los de la comarca., la pregunta es: ¿Le puedo exigir a mi vecino que me quite las puertas?

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Considerando que este acceso es el único posible hacia su casa, si las puertas no impiden el libre paso por el camino, la ley no le impide ponerlas. Deduzco de su pregunta que las puertas solo tienen un cerrojo, con lo cual su vecino ha actuado correctamente.

Considere también que la servidumbre de paso es sólo eso, la autorización que el dueño de una propiedad debe prestar de forma obligatoria para que, a través de dicha propiedad se pueda transitar hacia otra u otras. Pero sigue siendo propietario del terreno donde está ubicado el camino objeto de servidumbre, y como tal puede adecuarlo como mejor le parezca, siempre y cuando no impida el paso, que a lo único a lo que está obligado, y unas puertas sin candado ni cadena, que pueden abrirse libremente, no impiden el paso.

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