Régimen de visitas

Hola buenas tardes quería hacerles una consulta referente a que estoy
separado de mi pareja sin casarme y tengo un niño de casi 3 años el cual
lo veo por medio de un régimen de visitas y le paso su correspondiente
cuota mensual de alimentos + estudios y demás, tiene todos sus pagos al
día.
Me han dicho que la única forma de modificar ese convenio en cuanto a
visitas se refiere es presentando un contrato de trabajo donde se
exponga que por motivos de horarios no puedo visitar al pequeño salvo
los fines de semana.
El régimen dice m y j y sábados alternos.
Mi pregunta es si un contrato del exterior tiene la misma validez, ya
que es posible que tenga una oferta del Reino Unido, un saludo y gracias
por su tiempo.

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Respuesta
-1

Me va a disculpar pero no entiendo su pregunta, ya que si va a ser contratado en el Reino Unido, por obvias razones usted no va a tener ese régimen de visitas.

No me he expresado bien, yo el contrato aún no lo tengo, primero debo irme a Reino Unido y una vez allá me lo hacen, también saber si un contrato en el exterior tiene la misma validez que uno español en relación a mi situación personal.

Un contrato en el exterior es suficiente justificación legal para el régimen de visitas o ella puede alegar algo que me perjudique, gracias y un saludo.

Pero ¿usted qué modificación es la que quiere?

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