Juicio de Faltas seguido por Daños.

Hola:

El próximo día 9 de Mayo, tengo un Juicio de Faltas seguido por Daños, en calidad de DENUNCIANTE/OFENDIDO/PERJUDICADO

En su día, un sujeto me rajó las DOS RUEDAS DCHAS. De mí vehículo, cuando estaba estacionado en el parking de unos grandes almacenas, siendo visto éste, por el guarda de seguridad, el cual le retuvo y llamó a la policía, cuando llegué al lugar, ya estaban allí, dos policías, el guarda jurado y el sujeto en cuestión.

Esto sucedía la víspera del puente de la Inmaculada. Con lo cual, me quedé sin coche, hasta pasado el puente, por lo que tuve que suspender el viaje a Madrid que tenía previsto para pasarlo con mi hijo que vive allí, y con el agravante de que vivo en una casita a las afueras del centro.

Por favor, necesito saber, si procede el que pida daños y perjuicios, junto con el importe de las ruedas, y si necesito llevar un abogado.

Muchas gracias.

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En el juicio de faltas no es necesario acudir con abogado, aunque siempre es conveniente.

Respecto a pedir daños y perjuicios, claro que puede, pero debe acreditar esos daños y perjuicios, por ejemplo, si tenía comprado un billete de autobus o tren, etc...


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