Mi padre debe 3000€ de una tarjeta, las cuentas están a nombre de mi madre que se niega a pagar.

Mi padre debe 3.000 € de una tarjeta de crédito, las cuentas bancarias están a nombre de mi madre y mi hermana. Esta jubilado y tiene una pensión de 800 €, pueden embargar las cuentas por estar casados en gananciales. Mi coche esta a nombre de mi madre, ¿me lo pueden quitar?

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En primer lugar es necesario saber a cuenta de qué su padre debe 3.000 euros a cuenta de una tarjeta de crédito, porque si esa deuda se ha contraído en razón a la administración de la sociedad conyugal, sí sería embargable el dinero de su madre (no el de su hermana) También sería embargable el coche.

Pero insisto ¿a razón de qué debe su padre esos 3000 euros?

Mis padres tenían 3 cuentas en el Atlántico a nombre de los, en el año 2.000 mi padre abrió una 4º cuenta a su nombre solo y de esta cuenta solicito la tarjeta de crédito de la que debe ese dinero sin que mi madre lo supiera. Fue sacando del crédito para gastos personales y pagaba la mensualidades hasta hace un año que le cancelaron la tarjeta, supongo porque dejo de pagar. Ayer llamaron los abogados del Sabadell-Atlántico para informar que el plazo para liquidar la deuda es el 30-07-2012. Hace unos años mi madre puso esas 3 cuentas a nombre de ella y de mi hermana, porque no se fiaba de mi padre. No es la primera vez que hace algo así, pero nos enteramos a tiempo. ¿Pueden quitarles el piso donde viven que esta pagado? Mi madre tiene una casa a su nombre sola que es la herencia de mi abuela, vamos su madre que murió hace unos años.

La casa no la pueden embargar. En cuanto a las cuentas es discutible. La ley dice que en la actividad de administración de la sociedad conyugal el régimen de gananciales, ambos son responsables de las actuaciones que se hagan en beneficio de esa sociedad.

En este caso tu padre, podría alegar que, efectivamente todos los pagos que hizo a través de esa cuenta, fueron como consecuencia de la administración de la sociedad conyugal.

Pero teniendo un historial tu padre, seguramente habría posibilidad de oponerse al embargo y aportar documentación acreditativa de que sus actuaciones económicas eran en beneficio propio y en detrimento de la economía familiar.

Yo, lo que haría es ir a hablar con el banco, facilitarles toda la información posible, si tu padre trabaja o cobra una pensión mayor de 641,40 €, es embargable, por lo que el banco podría cobrar de ahí.

Si no trabaja ni tiene bienes, pueden embargar la cuenta de tu madre, pero sólo su mitad, no la de tu hermana.

No conozco la situación familiar, pero si la relación es relativamente buena, recomiendo ir a un Notario y hacer una separación de bienes, porque así os quedaríais todos mas tranquilos de cara al futuro.

Por favor, si no necesita más aclaraciones, recuerde cerrar la pregunta.

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