Deuda con la comunidad

Hola, soy de barcelona y me gustaría hacer una consulta...

Mi padre tiene un piso en propiedad desde hace unos 10 años, la cual paga religiosamente todos los meses... Hace cinco años, vino una rehabilitación de la escalera la cual no pudo pagar (cimentación,refuerzo de vigas...), y los gastos de comunidad tampoco ya que se quedo sin trabajo y apenas le queda para vivir.

La comunidad nos denuncio por la deuda contraída, ya que al ser una rehabilitación general, tuvieron que hacerse cargo los demás vecinos (sube el total a 19.700 euros).

Llegamos hace un mes a un acuerdo con la comunidad y ingresamos un total de 12.500 euros y nos comprometimos a pagar el resto según unos plazos convenidos y firmamos un papel todas las partes implicadas. Hoy me a llamado y me a dicho que los gasto del abogado que suben a unos 1.700 euros, tenemos que hacernos cargo nosotros, ya que el abogado al no poder subastar el piso (por llegar a un acuerdo firmado) y cobrar lo suyo no puede cobrar la deuda de su gestión.

¿nosotros tenemos que hacernos cargo de esta deuda aunque no fuimos los que lo contratamos? La comunidad fue la que lo contrato y no a habido juicio ni nada por el estilo... Ademas, ya ponía en el total de la deuda todo lo que se había acumulado en todos estos años (costas judiciales incluidas)... No se que hacer ni que pensar ya que el acuerdo esta firmado... Creo que debería ser la comunidad la que se haga cargo de este dinero, si no deberían habérmelo informado antes...

Espero respuesta y gracias por adelantado, Un saludo!!

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Por supuesto que no se tiene que hacer cargo de ese gasto. Y menos si no consta en el contrato que han firmado.

La contratación del abogado y la deuda pendiente que se ha generado es por una negligencia del Presidente de la Comunidad o de Administrador. Se podría decir que compraron un tirita antes de saber con certeza si había una herida con la que usarla. Quizá dieron por sentado que Uds. no accederían a pagar la deuda, y ya tenían preparada una demanda, pero al acceder Uds. de forma amistosa y voluntaria, ¿ahora qué pasa con el abogado que ya habían contratado habiendo dado por hecho una situación que no se llegó a producir? Pues esa "tirita" hay que pagarla.

Primero debieron hablar con Uds., y en el caso de producirse una negativa por su parte a pagar la deuda pendiente, entonces, y sólo entonces, se contrata a un abogado, nunca antes. Y yo entiendo al abogado: él no tiene culpa de nada, lo han contratado para iniciar una demanda, ha perdido tiempo estudiando el caso, redactándola y quiere cobrar por sus servicios y por su tiempo.

La minuta la debe de pagar el administrador o el presidente de su bolsillo, pues ha llevado a cabo una gestión absurda, torpe y negligente. Y si intenta repercutir ese gasto a la comunidad, esa misma comunidad le puede demandar, salvo que conste en las actas que se contrató por unanimidad o mayoría vecinal, algo que no creo probable. Es muy fácil tomar decisiones con el dinero de todos, que parece que no es de nadie, ¿verdad?

Muchas Gracias, me a sido de gran ayuda y siento un alivio muy grande!!!, ya que estoy hasta el cuello y el esfuerzo por arreglar el asunto a sido muy grande.

Un saludo!!

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