Quien tiene prioridad en el cobro en un embargo de crédito?

Le debo una cantidad a un constructor, pero he recibido de la AEAT y de la TGSS sendas notificaciones de embargo de crédito, la pregunta es la siguiente:

¿A cuál de las dos administraciones le corresponde por ley cobrar primero?, ya que lo que yo debo al contratista no paga ninguna de las dos deudas que este tiene con la administración.

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El orden de los embargos viene determinado por la fecha en que estos se han trabado. El primero que se acuerda es el primero que cobra y así sucesivamente.

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