Pensión

Hola, me gustaría saber para los casos en que hay una sentencia de separación o divorcio, y se establezca una pensión por alimentos para los hijos, si el importe de esta puede modificarse en el caso de que el que está obligado perdiese su trabajo. ¿Para ello se tiene que acudir al juzgado?
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
Las resoluciones judiciales solo puede modificarlas, como regla general y en lo que a usted pueda afectarle, el propio juzgador.
Si por alguna causa no imputable al propio afectado éste perdiera su trabajo y no tuviera derecho a percepción alguna del sistema de seguridad social o cualquier otra ayuda que hubiera sido establecida por el Gobierno, tendrá que ser esa él, no la persona afectada la que con los medios que la Ley de Enjuiciamiento Civil pone a su alcance y por medio de un Abogado instase a dicho juzgador a que modificase siquiera temporalmente el cumplimeinto impuesto en la sentencia dictada. En caso contrario, si tuviese alguna percepción por desempleo, deberá hacer frente a las obligaciones que le han sido impuestas respecto de sus hijos.
Ruego cierre pregunta y valore

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas