Que sucede si un imputado en un caso por estafa se acoge al derecho de no declarar?

En el código penal español

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Pues no sucede nada. Se acoge a un derecho que tiene a no decir absolutamente nada. Lo que no podrán es condenar al imputado por no decir nada, cuando no decir nada es precisamente un derecho.

Me explico: el fiscal y la acusación particular, si la hay, presentará al Juez las pruebas que tenga contra el imputado. Éste puede optar por no declarar, con lo que el Juez tendrá que decidir si existe delito, o indicios de delito (si el asunto está en el Juzgado de Instrucción) en base a las pruebas que le hayan aportado aquellos. Como prueba no podrá tener las posibles contradicciones del imputado, pues no habrá declarado.

Esto es lo académico. También ha de ser normal que si el imputado no ha hecho nada, aporte al juez en su declaración pruebas o explicaciones "de descargo", o justificación legítima de los hechos de los que se le imputa.

Si tengo pruebas, la grabación de una conversación conmigo en la que el reconoce la estafa es la mejor que tengo, solo falta que la juez la admita como prueba, espero que después del plante de no declarar la admita. Lo que no tengo claro es si la juez y el fiscal ven bien que un imputado se niegue a declarar. Vamos, tu como experto crees que les parece bien?.

Saludos y gracias

No les parece bien. Es un derecho, pero como ya dije, si alguien no ha hecho nada, lo normal es que dé todas las explicaciones, declarando ante el Juez y justificando y combatiendo cada prueba que pueda haber contra él.

Es decir, si hay una prueba contra él, el que declara puede aprovechar la declaración para explicar su versión, o para darle un significado diferente a la prueba que pesa contra él. El hecho de no declarar le perjudica en tanto el Juez no conocerá esas posibles explicaciones.

Es más fácil pensando en un asesinato y una prueba de ADN. El imputado puede negarse a someterse a esa prueba. Pero está claro que si él no hubiera sido tendría clarísimo someterse a dicha prueba. Así, no está obligado, y no pueden condenarle por no someterse a la prueba, pero es evidente que el Juez tendrá claro que seguramente habrá sido él, y con ello, las demás pruebas (que quedaría sin valor si se hubiera sometido al ADN y hubiera salido negativo) tomarán más importancia a la hora de condenarle.

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