Apelaciones al Supremo y delitos prescritos

Hola,
vivo en un edificio que según el alcalde tiene una sentencia de demolición pendiente del Supremo (del año 95!).
Así, me gustaría saber si las sentencias del Supremo se pueden apelar, y sí es así con qué plazo. También me gustaría saber si los delitos urbanísticos pueden prescribir.
Muchas gracias

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Las sentencias del Supremo no tienen recurso ordinario o extraordinario, es decir que no se modifican, salvo casos expcepcionales, por ejemplo, imagina que esa sentencia se dicta teniendo en cuenta un documento que luego resulta ser falso. Algo ocurre ahí para que haga tanto tiempo desde esa resolución sin que se haga nada. Respecto al delito urbanístico prescribe como el resto, creo que es cinco años desde que se cometió el delito sin que se inicie el proceso contra los autores.

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