Negativa a devolver un pagaré

Es referente a derecho penal económico, creo. La pregunta es la siguiente. Si se extiende un pagaré y a la fecha de vencimiento no se paga, el pagaré se devuelve por el banco de quien lo tenía que pagar. Bien. Pero si luego se paga el pagaré en efectivo ingresando el dinero en la cuenta de quien tenía que cobrarlo, ¿tiene qué devolver el pagaré? Porque el pago ya está hecho. Si no lo quiere devolver, ¿esto es un delito? ¿Qué puede pasar si no lo devuelve?.

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La cuestión ofrece dos vertientes. En efecto, una posible vertiente tiene que ver con el derecho penal, pero la más inmediata es relativa al derecho mercantil. Realmente el pagaré en manos de quien ha cobrado no es exigible inicialmente por la cantidad nominal, pero la Ley Cambiaría y del Cheque establece como derechos del tenedor de un pagaré impagado la percepción de intereses desde la fecha del vencimiento hasta su completo pago y los gastos que la falta de pago le hubiera ocasionado. Ello implica que dicho tenedor puede reclamar lo que aún se le debe, esto es, los intereses y gastos, pero en el caso propuesto, nada más. Existe una precisión que hacer al respecto, y es que el pagaré es un documento abstracto y endosable. Ello podría tener consecuencias en caso de haber sido cedido a un tercero que intentase su cobro. Las complicaciones que esta situación puede acarrear exigirían una explicación más extensa para ser precisa. Y efectivamente podrían tener repercusiones penales en algún supuesto. Te animo a que realices otra consulta si la situación se complica y espero haberte aclarado lo básico por el momento.

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