Ingresos financieros

Si un cliente impaga un efecto le cobramos los gastos financieros de dicho impagado, pero lo que no tengo claro es de si dicho cobro lo contabilizamos sin más en la cuenta 769, o por el contrario se tiene que expedir factura de dichos gastos con el iva correspondiente y contabilizarla en la cuenta 705 para que conste como cifra de negocios.

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Cuando llegado el vencimiento de una deuda documentada en un Efecto comercial, si el Cliente no puede atender al pago del mismo, se emite un nuevo Efecto comercial que incluirá el nominal del anterior, más los gastos e intereses correspondientes; en el caso de las letras de cambio a este documento se le denomina "letra de resaca" -.
El registro contable de la operación será el siguiente:
En el momento de efectuar la venta:
(430)
Por el importe total de la operación.
A (700)
Por el importe de la Base Imponible de la factura.
A (477)
Por el importe del IVA repercutido.
En el momento de recibir los Efectos comerciales:
(4310) a (430)
En el momento de negociar (descontar) los Efectos comerciales:
(4311) a (4310)
(572)
Por el importe efectivo recibido.
(626)
Por las comisiones y gastos bancarios.
(6643)
Por los intereses devengados.
A (5208)
Por el importe de los efectos comerciales remesados (descontados).
En el momento del vencimiento e impago de los efectos comerciales:
(4315) a (4311)
(626)
Por las comisiones y gastos bancarios devengados por el impago de los efectos comerciales.
(5208)
Por el importe de los efectos comerciales remesados (descontados).
A (572)
Por el importe total cargado por el Banco en nuestra cuenta corriente.
En el momento de recibir los nuevos Efectos comerciales (incluyendo el valor nominal y los gastos):
(4310)
Por el importe total de los nuevos efectos comerciales.
A (4315)
Por el importe nominal de los efectos impagados.
A (759)
Por el importe de los gastos y comisiones bancarias devengadas por el impago.
¿Si la? ¿Renovación? Se produce antes de la fecha de vencimiento para evitar los efectos del impago de los primeros Efectos comerciales entregados, la empresa vendedora deberá atender al vencimiento los efectos previamente descontados:
(5208) a (572)
Y llevar al descuento (remesar) los nuevos Efectos comerciales recibidos. ¿Esta operación generará nuevos? ¿Gastos bancarios? ¿e? ¿Intereses? Que el emisor de los Efectos comerciales debería compensar.
Le recuerdo que los INTERESES y demás INGRESOS FINANCIEROS están EXENTOS DE IVA.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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