Construimos vivienda en terreno privativo de mi mujer. ¿Qué me correspondería en caso de separación?

Mi mujer heredó un terreno en el que decidimos construir una vivienda, aunque esta no es la vivienda familiar sino una casa para el verano.

La construcción de la vivienda la hemos pagado entre los dos, y se hizo en 1986 (por lo que he leído hubo un cambio en la legislación, por eso preciso).

En caso de separación, ¿qué me correspondería a mi?

¿Sería considerado un bien privativo pero me debería abonar la mitad de su valor? Valor de mercado?

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¿La vivienda está registrada en el de la Propiedad?

Si no recuerdo mal, no está registrada en el Reg. de la Propiedad, por lo que figura que es propiedad de mi mujer.

Jurídicamente la respuesta no es muy adecuada, ya que habrá que saber con certeza si la vivienda está registrada o no. Si no lo está deberán ponerse en manos de un Abogado para tramitar un procedimiento judicial y formalizar dicha vivienda, ya que en caso contrario, usted no podrá -en el caso de divorcio hipotético que plantea- reclamar nada sobre algo que registralmente no existe.

Ruego cierre y valore

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